Reforma antilavado para notarías: qué cambió y qué tener listo antes del 1 de marzo de 2027
Esta guía tiene la intención de hacerle pensar en el antilavado desde donde empieza: el primer WhatsApp. Qué actos van con Aviso, qué es «sospecha», las fechas de 2027 y un protocolo para que no se descubra a tres días de firmar.
Un martes en la mañana llega al WhatsApp de la notaría: «Quiero constituir una sociedad con mi socio». Recepción manda la lista de siempre —identificaciones, constancias, comprobante de domicilio— y la encargada agenda la firma para el viernes de la semana siguiente.
El miércoles antes de firmar, quien lleva los avisos revisa la agenda: la constitución de una sociedad ahora va con Aviso siempre, sin importar el monto, y en el expediente no está identificado quién controla la sociedad. Hay que volver a escribirle al cliente, que ya no contesta igual de rápido. La firma se mueve una semana y el aviso se presenta el día 16 en la noche.
Nadie hizo nada mal. La información se pidió tarde, porque la reforma antilavado cambió qué hay que pedir y nadie cambió el primer mensaje.
Antes de seguir, una prueba rápida. En su notaría:
- ¿Todo el equipo sabe qué actos van con Aviso siempre?
- ¿Se pide quién controla la sociedad desde el primer contacto, y no a días de firmar?
- ¿Hay una fecha fija para revisar los avisos antes del día 17?
- ¿Está claro quién toma un aviso de 24 horas, y qué no se le dice al cliente?
Si dijo no a una o más, le informo que el 1 de marzo de 2027 le va a llegar antes que a su equipo.

Primero: ¿qué es un Aviso?
Un Aviso es un reporte que la notaría le manda al gobierno cada vez que hace cierto tipo de operación. No quiere decir que algo esté mal: es un registro de rutina para que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de Hacienda pueda seguirle la pista al dinero.
- Qué lleva: quién es el notario, quién es el cliente (y, si es una sociedad, quién la controla) y qué se hizo: el tipo de acto, el monto y cómo se pagó.
- Cómo se presenta: en línea, en el portal de prevención de lavado del SAT, capturado en el formato oficial o subido como archivo. Las compraventas y donaciones van en la DECLARANOT en línea que el notario ya presenta. El portal entrega un acuse, que se guarda con el expediente.
- Cuándo: a más tardar el día 17 del mes siguiente a la firma. Si en un mes no hubo nada que reportar, se presenta un informe en ceros.
- Quién: el notario o quien él designe; también puede presentarlo el colegio de notarios por sus agremiados.
Hay dos tipos, y no hay que confundirlos: el Aviso mensual, de rutina, por el tipo de acto y el monto; y el Aviso de 24 horas, sólo cuando hay sospecha, que se explica más abajo.
Qué cambió: los actos que van con Aviso
La reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita se publicó el 16 de julio de 2025. Para los notarios, el artículo 17, fracción XII, ahora abarca también las protocolizaciones y «cualquier otro acto que conlleve a su formalización». Estos son los actos y cuándo llevan Aviso:
- Compraventa u otros derechos reales sobre inmuebles: desde 8,000 UMA (938,480 pesos en 2026), tomando el valor más alto entre el precio, el catastral, el comercial o el monto garantizado. Quedan fuera las garantías a favor del sistema financiero o de organismos de vivienda.
- Constitución de sociedades, aumentos o disminuciones de capital, fusiones, escisiones y venta de acciones: siempre.
- Poderes irrevocables de administración o dominio: siempre.
- Fideicomisos traslativos de dominio o de garantía: desde 4,000 UMA (469,240 pesos en 2026).
- Préstamos con acreedor fuera del sistema financiero: siempre.
«Siempre» quiere decir que se reporta sin importar el monto. Las cantidades en pesos usan la UMA de 2026, de 117.31 pesos diarios; cambia cada febrero, cuando la publica el INEGI.
Lo que pide la ley además del Aviso
- Identificar a quien controla. Si el cliente es una sociedad o un fideicomiso, hay que identificar con documentos a su beneficiario controlador, la persona física detrás. Si es persona física, recabar su declaración de si existe alguien así.
- La forma de pago. En operaciones desde 8,025 UMA (941,413 pesos en 2026), el instrumento debe decir cómo se pagan las obligaciones (artículo 33).
- Conservar el expediente 10 años, en papel o digital.
- Evaluar riesgos y tener un Manual de Políticas Internas, que incluya cómo se atiende a las personas políticamente expuestas.
- Multas: de 200 a 2,000 UMA (de 23,462 a 234,620 pesos en 2026) por fallar en la identificación o por un aviso tardío, y de 2,000 a 10,000 UMA (de 234,620 a 1,173,100 pesos) por omitirlo. Un aviso que llega más de 30 días tarde cuenta como omitido.
¿Qué es «sospecha»? El aviso de 24 horas
La ley pide presentar un aviso dentro de las 24 horas siguientes cuando hay sospecha, o hechos e indicios, de que el dinero de una operación pudiera venir de un delito o ir hacia uno, «incluso si el acto u operación no se celebró». No trae una lista: la deja a las guías de Hacienda.
Como referencia, el GAFI —el organismo internacional del que salen estas reglas— señala en su guía para profesionales jurídicos, que incluye a los notarios, situaciones de mayor riesgo. Ninguna obliga por sí sola; se valoran en conjunto:
- Un inmueble que cambia de manos en un plazo inusualmente corto, sin razón aparente.
- Pagos de terceros que no tienen relación con la operación, o en efectivo cuando no es lo normal.
- Un precio que no cuadra con el valor, sin una explicación legítima.
- Sociedades fachada o socios que parecen prestanombres.
- Estructuras que esconden quién es el dueño real.
- Más anonimato del normal sobre el cliente o los demás participantes.
Hay un caso claro: que el cliente aparezca en una lista de personas bloqueadas. La de México la publica la Unidad de Inteligencia Financiera y se consulta con usuario en el portal oficial o a través del colegio de notarios; las de la ONU, la OFAC de Estados Unidos y la de países de alto riesgo del GAFI son públicas. Quién decide que algo es sospechoso es el notario o su oficial de cumplimiento, y al cliente no se le avisa que se presentó.
Las fechas que vienen
Después de la ley vinieron la reforma al Reglamento (marzo de 2026) y nuevas reglas de carácter general (agosto de 2026). Según los despachos que las han analizado:
- 30 de noviembre de 2026: entran en vigor las nuevas reglas.
- 1 de marzo de 2027: obligatorios la evaluación de riesgos, el Manual actualizado, la clasificación de clientes en riesgo bajo, medio o alto, el perfil de cada cliente y el nuevo esquema de beneficiario controlador.
- 1 de junio de 2027: nuevos formatos de avisos.
- 31 de diciembre de 2027: el primer ciclo anual de capacitación.
- 2028: la primera auditoría anual.
Confirme las fechas en el Diario Oficial de la Federación: las reglas tienen transitorios escalonados y las fuentes no siempre coinciden.
Un protocolo para la notaría, con o sin herramienta
- La lista de actos con Aviso, a la vista de recepción y de cada encargada: los que van siempre y los que dependen del monto.
- Pedir desde el primer mensaje lo que la ley obliga a identificar, según el trámite: en sociedades, quién controla y su identificación; en compraventas grandes, cómo se va a pagar. Así el expediente llega completo a la firma.
- Una fecha fija para los avisos, antes del 17: la lista de lo firmado en el mes que lleva Aviso, revisada por quien los presenta.
- Quién toma un aviso de 24 horas, cómo le llega el caso y qué no se le dice al cliente.
- Quién consulta las listas y cuándo: de preferencia, antes de agendar la firma.
- Las fechas de 2027 en el calendario del equipo, con quién se encarga de cada una.
Dónde ayuda la inteligencia artificial
Las seis reglas se pueden llevar con una libreta. Un asistente en el WhatsApp de la notaría ayuda en lo que se repite: pide desde el primer mensaje los papeles que la ley obliga a identificar según el trámite, deja el expediente con el nombre y el RFC bien escritos para consultar las listas, y le recuerda a cada quien qué avisos vencen el 17. No presenta avisos, no decide qué es sospechoso y no reemplaza al oficial de cumplimiento. Lo que sí evita es que el antilavado se descubra a tres días de firmar.
Si quiere ver cómo se pide la papelería por trámite desde el WhatsApp, está en la guía de automatizar el WhatsApp de una notaría.
Esto es una guía, no una regla, ni asesoría legal: cada notaría tiene su oficial de cumplimiento y su manual. Lo que sí le recomendamos es empezar por el primer mensaje.
Fuentes
- Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (texto vigente, Cámara de Diputados)
- Decreto de reforma, DOF 16 de julio de 2025 (Cámara de Diputados)
- Holland & Knight (2026). Reformas al Reglamento de la Ley Antilavado en México
- Holland & Knight (2026). Nuevas reglas de carácter general de la Ley Antilavado en México
- GAFI/FATF (2019). Guidance for a Risk-Based Approach for Legal Professionals
- GAFI. Jurisdicciones de alto riesgo y bajo vigilancia
- IDC (2026). Valor UMA 2026: INEGI publica nuevos montos
- SAT. Guía de llenado DECLARANOT en línea, aviso de actividades vulnerables
- Expansión (2026). La UIF iniciará la certificación en prevención de lavado en 2027
Preguntas que siempre salen
¿Qué actos de un notario van con aviso antilavado?
Según el artículo 17, fracción XII, de la ley antilavado: siempre la constitución de sociedades y sus cambios de capital, fusiones, escisiones y venta de acciones; siempre los poderes irrevocables y los préstamos con acreedor fuera del sistema financiero; las compraventas y otros derechos reales sobre inmuebles desde 8,000 UMA del valor más alto, y los fideicomisos traslativos o de garantía desde 4,000 UMA.
¿Desde qué monto una compraventa de inmueble va con aviso?
Desde 8,000 veces el valor diario de la UMA: 938,480 pesos con la UMA de 2026 (117.31 pesos). Se toma el más alto entre el precio pactado, el valor catastral, el valor comercial o el monto garantizado. La UMA cambia cada febrero.
¿Qué es el beneficiario controlador?
Es la persona física que, al final, controla a una sociedad, un fideicomiso u otra figura: por ejemplo, quien tiene el 25 % o más de las acciones o toma las decisiones. Si el cliente es una persona moral, la notaría debe identificarla con documentos; si es persona física, debe recabar su declaración de si existe alguien así.
¿Qué es el aviso de 24 horas?
El que se presenta cuando hay sospecha o hechos que indican que el dinero de una operación podría venir de un delito o ir hacia uno. Va dentro de las 24 horas siguientes, aunque el acto no se haya firmado. Lo decide el notario o su oficial de cumplimiento, y al cliente no se le avisa.
¿Cuándo se vuelven obligatorias las nuevas reglas antilavado?
Las reglas de carácter general entran en vigor el 30 de noviembre de 2026. El 1 de marzo de 2027 se vuelven obligatorias la evaluación de riesgos, el Manual actualizado, la clasificación de clientes y el nuevo esquema de beneficiario controlador; el 1 de junio de 2027, los nuevos formatos de avisos. Son fechas reportadas por despachos: confírmelas en el Diario Oficial.
El agente pide desde el primer WhatsApp lo que la ley obliga a identificar según el trámite, y el expediente avisa cuáles van con Aviso y cuándo vence el del día 17. No presenta avisos ni decide qué es sospechoso: eso sigue siendo del notario.
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